Tras la denuncia de nuestro afiliado y presentada por nuestra asesoría jurídica en los juzgados de lo social en Almería, hemos obtenido sentencia favorable por extinción voluntaria de contrato de trabajo en la empresa Grupo Control Seguridad.

Los hechos denunciados se pusieron con anterioridad en conocimiento de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Almería y fueron comprobados por la Inspectora de Trabajo y Seguridad Social en el informe de fecha 3 de octubre de 2023 que levantó acta de infracción a la empresa Grupo Control Seguridad.

El magistrado sentencia que se han producido incumplientos por parte de la empresa amparados en el artículo  50.1.c) ET que “serán causas justas para que el trabajador pueda solicitar la extinción del contrato: Cualquier otro incumplimiento grave de sus obligaciones por parte del empresario, salvo los supuestos de fuerza mayor  (…)”.  y del art. 52.1.1º del convenio colectivo de aplicación, del art. 4.2.a) ET, del art. 39 Constitución Española y en relación con el art. 14 Constitución Española, al no respetar la reducción de jornada de trabajo y concreción horaria que viene disfrutando desde el mes de enero de 2023 hasta la actualidad, entendiendo además este magistrado que la empresa ha tenido la intención de causar perjuicios al trabajador por estos hechos.

Por lo que el magistrado falla estimando la demanda formulada por nuestro afiliado, contra la sociedad mercantil Grupo Control Empresa de Seguridad, S.L.,  y declara la extinción del contrato de trabajo celebrado entre ambas partes desde la fecha 4 de marzo de 2024, debiendo la empresa demandada abonar al trabajador una indemnización de 16.588,19 euros.

En el siguiente enlace puedes leer el fallo de la sentencia:

FALLO SENTENCIA

 

 

 

 

Por admin

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